Visa JUVENIL

Visa Juvenil SIJS | Estatus Especial de Inmigrante Juvenil | Elio Vázquez Law Team
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Protección para Menores

Visa Juvenil SIJS: Protección y Futuro
para los Más Vulnerables

El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil protege a menores que han sido víctimas de abandono, abuso o negligencia, otorgándoles un camino legal hacia la residencia permanente en los Estados Unidos.

Desde 1987 37 Años de Experiencia Doral & Orlando, FL Consulta Gratuita
El Proceso SIJS

Dos Fases del Proceso

El SIJS involucra una fase ante el tribunal de familia estatal y otra federal ante USCIS.

Fase 1

Orden Judicial Estatal

  • Petición ante tribunal de familia o juvenil del estado
  • Declaración de dependencia de la corte o custodia
  • Hallazgos de abandono, abuso o negligencia
  • Determinación de que no es conveniente regresar al país
Fase 2

Petición I-360 ante USCIS

  • Presentación del I-360 con la orden judicial
  • USCIS evalúa y aprueba el estatus SIJS
  • Una vez aprobado, solicitad de Green Card (I-485)
  • No requiere patrocinador adulto para el proceso
Elegibilidad

Quién Puede Aplicar

  • Menor de 21 años al momento de la petición
  • Soltero(a)
  • Presente en EE.UU. en estatus indocumentado o con visa
  • Víctima de abuso, abandono o negligencia de uno o ambos padres
Por qué esta visa

Ventajas Principales

Protección Inmediata

Una vez iniciado el proceso judicial, el menor queda bajo la protección del sistema legal americano, reduciendo el riesgo de deportación.

Camino a la Green Card

El SIJS aprobado permite solicitar residencia permanente (Green Card), independientemente del estatus migratorio previo.

Sin Necesidad de Patrocinador

A diferencia de otros procesos familiares, el menor puede solicitar por su propia cuenta sin necesidad de un patrocinador ciudadano o residente.

Elegibilidad

Requisitos

El SIJS tiene requisitos específicos tanto para el menor como para las circunstancias que lo llevaron a EE.UU.

Requisitos para el Estatus SIJS

Todos los criterios deben cumplirse

1
Edad: Menor de 21 años al momento de presentar la petición I-360 ante USCIS
2
Estado civil: Soltero(a) — el matrimonio o la emancipación puede afectar elegibilidad
3
Presencia en EE.UU.: Debe estar físicamente presente en territorio americano
4
Orden judicial: Una corte estatal debe haber emitido declaración de dependencia o custodia
A
Hallazgos de la corte: Abuso, abandono o negligencia por parte de uno o ambos padres
B
No conveniente retorno: La corte determina que no es de interés del menor regresar a su país
Cómo Trabajamos

Nuestro Proceso

Acompañamiento en cada etapa, desde la evaluación inicial hasta la aprobación.

01

Evaluación Legal

Evaluamos la situación del menor y su elegibilidad para SIJS con absoluta confidencialidad

02

Petición Judicial

Coordinamos con el abogado de familia para la orden judicial estatal requerida

03

I-360 ante USCIS

Preparamos y presentamos la petición I-360 con toda la documentación de apoyo

04

I-485

Una vez aprobado el I-360, presentamos el ajuste de estatus para la Green Card

05

Residencia Permanente

El menor obtiene la residencia permanente y protección legal completa en EE.UU.

Por Qué Elegirnos

Elio Vázquez Law Team

Más de tres décadas de experiencia ayudando a familias y profesionales a lograr su estatus migratorio.

37+
Años de experiencia
5,000+
Familias ayudadas
16
Paralegales especializados
2
Oficinas en Florida
Dudas Frecuentes

Preguntas Frecuentes

La edad de corte es al momento de presentar el I-360. Si ya tenía el I-360 aprobado antes de los 21, puede continuar con el I-485 después de los 21. Es crítico iniciar el proceso antes de cumplir 21 años.
Generalmente sí. Para la fase judicial estatal, el menor necesita un representante o tutor legal. Para la petición I-360 ante USCIS, puede proceder solo si tiene 14 años o más, aunque siempre se recomienda asistencia legal.
El proceso SIJS involucra revelaciones sobre abuso o negligencia parental. Se manejan con la confidencialidad que el caso requiere y bajo supervisión del tribunal. Nuestro equipo le asesorará sobre los aspectos sensibles.
No automáticamente. Pero una vez presentado el I-485 de ajuste de estatus, puede solicitar EAD (autorización de trabajo) simultáneamente. También puede solicitar advance parole para viajes.
Si el menor llegó antes de los 16 años y cumple otros requisitos, DACA puede otorgar protección temporal mientras se procesa el SIJS. Son procesos complementarios y no excluyentes. Evaluamos ambas opciones en la consulta gratuita.
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